Desde el pasado mes de enero la administración de Biden, ha tomado varias medidas para impulsar su nueva agenda migratoria, tales como la detención inmediata de la construcción del muro fronterizo con México, reforzamiento del programa que protege de deportación a jóvenes que llegaron al país siendo niños (Dreamers), la reforma legal que abre el camino a la ciudadanía a millones de inmigrantes sin papeles, la creación del grupo de trabajo para reunificar familias separadas, las órdenes Ejecutivas para revisar políticas migratorias y renovar los mecanismos de asilo en EEUU, la suspensión de los acuerdos de "tercer país seguro", y por último, el decreto para otorgarle el Estatus de Protección Temporal (TPS) a los venezolanos.
De acuerdo con cifras de la Plataforma Regional de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes de Venezuela, coordinada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), cuya última actualización es del 05 de febrero de 2021, en EEUU, según información al 31 de diciembre de 2019, habían 351.144 migrantes venezolanos, de los cuales han recibido asilo 15.706, y han aplicado al mismo 104.979.
El TPS que permite aproximadamente a 320.000 venezolanos permanecer de manera legal en el territorio estadounidense, entró en vigencia el 9 de marzo de 2021, y todos aquellos elegibles para esta protección humanitaria y que cumplan con los requisitos, deberán presentar su solicitud en los próximos 180 días a contar a partir del 9 de marzo de 2021 y hasta el 5 de septiembre de 2021.
Así mismo otorga la posibilidad de aplicar a través del formulario correspondiente, para obtener el permiso de trabajo y permiso de viaje, en este último caso a discreción de la administración sin perder este estatus, así como tampoco el trámite de asilo en los casos de aquellas personas que ya lo hubieren iniciado.
Los requisitos para aplicar a este TPS consisten en: i) estar físicamente presente en los Estados Unidos desde la fecha de vigencia de esta medida (8 de marzo de 2021); ii) ser venezolano y haber residido habitualmente en Venezuela; iii) no haber sido condenado por cualquier delito que conlleve a una pena superior a dos años en EEUU. Estos requisitos han sido publicados por oficinas especializadas en materia migratoria.
A pesar de que esta medida no conlleva a residencia permanente en EEUU, es una política acorde con los estándares internacionales de protección a los derechos humanos porque evita la deportación, regulariza la situación migratoria de los venezolanos, les permiten tener acceso al trabajo, seguridad social y le otorga protección no sólo a sus derechos civiles, sino también a sus derechos económicos, sociales y culturales.
De esta manera EEUU reivindica lo dicho en el Informe del Relator Especial, Felipe González, sobre los derechos humanos de los migrantes: “El riesgo de una persona de ser devuelta al lugar donde su vida o su libertad se encuentran amenazadas, implica que los Estados deben tener especial consideración de estas garantías, en particular el principio de no devolución, para evitar la violación de sus derechos humanos”.
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